Conservador de Bienes Raíces de La Serena

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Datos de Contacto

Estos son los datos de contacto del Conservador de Bienes Raíces de La Serena

Juridicción:

El Conservador de Bienes Raices de La Serena tiene competencia territorial en las siguientes comunas:
  • La Serena
  • La Higuera

Valoraciones de los usuarios al Conservador de La Serena

1,8
Valorado con 1,8 de 5
1,8 de 5 estrellas (basado en 42 reseñas)
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Esto han opinado otros usuarios sobre el Conservador de La Serena

Las siguientes opiniones son emitidas a título personal y no representan necesariamente la opinión de Buena Inversión
Valorado con 1,0 de 5
15 de noviembre, 2021

PESIMO SERVICIO NADIE CONTESTA, NO TIENEN TELEFONO PARA ATENDER CLIENTES Y CON LO QUE GANA UN CONSERVADOR ES LO MIMINO QUE PUEDEN HACER!

MARCELO
Valorado con 1,0 de 5
11 de noviembre, 2021

Mucha espera para un documento, falta de personal y ahora con pandemia peor

Linda saavedra rodriguez
Valorado con 5,0 de 5
28 de octubre, 2021

Buenos días.

Consulta: La Sociedad V y D Freelance Compañía Limitada, que se encuentra inscrita a Fojas 1 Numero 1 del Registro de Comercio de La Serena, año 2002, tiene una anotación al Margen: ANOTACION PRESUNTIVA. Y según la Caducidad de las notaciones n el Repertorio y su conversión en inscripción. La anotación en el Repertorio es presuntiva y caduca a los dos meses desde su fecha si no se convierte en inscripción (Art. 15 Reglamento), lo que tiene importancia cuando el Conservador

devuelve el título sin inscribir para que se subsanen los defectos. La anotación presuntiva se convertirá en inscripción cuando se haga constar que se ha subsanado la causa que impedía la inscripción(Art. 16 Reglamento). Convertida en inscripción, ésta surte efectos desde la fecha de la anotación; opera, pues, retroactivamente (Art. 17 Reglamento). Se ha dictaminado que la caducidad no se produce a los dos meses si la imposibilidad de inscribir se debió a una prohibición judicial, de modo que alzada la prohibición se puede efectuar la inscripción aunque hayan transcurrido más de dos meses, surtiendo efectos la inscripción, como siempre, desde la anotación en el Repertorio. Mi consulta es la siguiente: Necesito autorización del Tribunal, para eliminar esta anotación al Margen o la puede efectuar de oficio el Conservador. Muchísimas gracias. Atentamente y a sus ordenes. Su seguro servidor. Carlos Castro.

Carlos Castro
Valorado con 1,0 de 5
12 de octubre, 2021

Es lamentable. Pero yo solo quiero saber, si ya está registrada mi propiedad. Que debería estar ya, del mes pasado lista y aún con este Sistema, no obtengo esa información. Se pierde! 🤷🏻‍♂️💦🥴😤

Alberto Valle Sanguinetti
Valorado con 5,0 de 5
1 de octubre, 2021

certificado de litigios

juan rieu wegner